OBJETIVO
Proponer el régimen de seguridad especial de las zonas de seguridad fronteriza en el marco de la Constitución Política del Estado.
FUNCIONES
- Cumplir las atribuciones y funciones establecidas en el D.S. No. 29894 Art. 39, inc. d) de la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional y artículos 261º y 262º de la Constitución Política del Estado.
- Formular políticas de seguridad que fortalezcan los planes, proyectos específicos, ejecución, implantación de las zonas fronterizas.
- Proponer tratados, acuerdos y convenios internacionales sobre aspectos de seguridad de límites y fronteras, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Realizar el seguimiento y evaluación a los convenios, acuerdos, tratados y otros de carácter internacional, que afecten a la seguridad y defensa del estado.
- Elaborar los objetivos de gestión, y la asignación de recursos en el Programa de Operaciones anual y Presupuesto.
- Elaborar planes, programas y proyectos de zonas fronterizas considerando aspectos técnicos de seguridad y parámetros para la creación y asentamiento de polos de seguridad.
- Controlar e informar periódicamente al inmediato superior jerárquico sobre la ejecución de los planes, programas y proyectos respecto a las actividades propuestas.
- Elaborar Proyectos de convenios interinstitucionales orientados a la integración y desarrollo de fronteras.
- Coordinar con las Fuerzas Armadas la ejecución de políticas de seguridad fronteriza, mediante la creación de Comandos Conjuntos.
- Informar sobre el análisis coyuntural de implantación de cambios del entorno y contingencias que influyan en el desarrollo de las zonas fronterizas y retroalimentar las estrategias.
- Contar con un archivo ordenado, clasificado y actualizado de la información de la información generada y recibida inherente a las actividades de la Unidad.
- Realizar otras funciones que coadyuven al logro de objetivos de las Unidad